Datos Periciales del Caso (Zero PII - Local)
Conforme Ley N° 19.628 / 21.719Cargando afirmación...
(Glosa de apoyo explicativa)
Mapa de Navegación de las 30 Afirmaciones
Listado Completo de Afirmaciones (30 Ítems)
Escala de respuesta [0, 1, 3, 4]Diagnóstico Forense de Impulsividad
BIS-11 ChileValidación de Salvo & Castro (2013) • Media = 49.3 pts • DE = 14.9 pts • Alfa = 0.77
Protocolo Parcial
Faltan afirmaciones por responder. El cálculo provisional puede variar.
Impulsividad en Rango Promedio / Normal
Puntaje dentro del intervalo normativo poblacional (M ± 1 DE). El evaluado muestra un balance adaptativo entre espontaneidad y capacidad reflexiva en la vida cotidiana.
Conforme al baremo chileno de Salvo & Castro (2013, N = 763, Media = 49.3, DE = 14.9), el puntaje total obtenido se sitúa dentro de los rangos normativos esperados.
El modelo trifactorial de Barratt evalúa la atención sostenida e intrusión cognitiva (Impulsividad Cognitiva), la precipitación en la respuesta motora sin inhibición previa (Impulsividad Motora) y la orientación hacia el presente con desestimación del porvenir (Impulsividad No Planeada).
La impulsividad opera en sede pericial como un factor modulador de riesgo y adaptabilidad psicosocial. En causas de familia evalúa la capacidad de autorregulación ante demandas de crianza y tolerancia al estrés; en medidas de protección permite dimensionar la reactividad parental; y en materias penales pondera el control inhibitorio frente a estímulos detonantes.
Conforme al principio de Sana Crítica (Art. 45 Ley N° 19.968 / Art. 297 CPP), el BIS-11 es una prueba psicométrica de autorreporte susceptible a sesgos de deseabilidad social o sobrestimación. Sus hallazgos deben ser contrastados rigurosamente con entrevistas clínicas colaterales, observación pericial y antecedentes obrantes en el expediente judicial.
Perfil de las 3 Subescalas de 2° Orden
Impulsividad Cognitiva (8 ítems), Motora (10 ítems) y No Planeada (12 ítems).
Procesamiento 100% en tu navegador (Zero PII). Cumplimiento estricto Ley N° 19.628 / 21.719.
Fundamentación Metodológica y Preguntas Frecuentes
Sana Crítica Art. 45 Ley 19.968
Validación Salvo & Castro (2013), baremos poblacionales y triangulación forense de impulsividad
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Fundamentación Metodológica y Preguntas Frecuentes Sana Crítica Art. 45 Ley 19.968
Validación Salvo & Castro (2013), baremos poblacionales y triangulación forense de impulsividad
¿Cuál es la base teórica y normativa de la BIS-11 en Chile?
La Escala de Impulsividad de Barratt versión 11 fue adaptada y validada en Chile por Lilian Salvo y Alfonso Castro (2013) con una muestra de 763 sujetos. Presentó un coeficiente alfa de Cronbach de 0.77 y adecuada validez de constructo correlacionando significativamente con conductas de riesgo, suicidalidad y criterios del DSM-IV.
¿Cuáles son las 3 subescalas de impulsividad evaluadas?
1) Impulsividad Cognitiva: Rápida toma de decisiones sin reflexionar (ítems 4, 7, 10, 13, 16, 19, 24 y 27).
2) Impulsividad Motora: Actuación intempestiva e inmediata bajo el estímulo (ítems 2, 6, 9, 12, 15, 18, 21, 23, 26 y 29).
3) Impulsividad No Planeada: Enfoque centrado en el presente inmediato y falta de planificación del futuro (ítems 1, 3, 5, 8, 11, 14, 17, 20, 22, 25, 28 y 30).
¿Cómo se interpreta el puntaje total en peritajes forenses?
La media poblacional de Salvo & Castro es de 49.3 (DE = 14.9). Puntajes entre 40 y 64 corresponden al intervalo esperable. Puntajes iguales o superiores a 65 puntos (+1 DE) indican impulsividad clínicamente significativa, alertando riesgo de desborde conductual en contextos de crisis familiar o penal.
¿Cómo se realiza la triangulación forense bajo el Art. 45 Ley 19.968?
La impulsividad no constituye por sí sola una causal de inhabilidad parental o inimputabilidad. Conforme a las reglas de la Sana Crítica, el resultado cuantitativo del BIS-11 debe triangularse obligatoriamente con entrevistas clínicas en profundidad, historial socio-conductual, dinámica familiar y antecedentes de redes de salud o judicial.